A- de 1996
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimiro Naranjo Mesa
✓Claimant Fernandez Tamayo Maria·Respondent Charles Anglin Spencer
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Demandado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se declaró la nulidad del proceso por no haber notificado al demandado, de esa forma se vulneró el derecho al debido proceso y, por ende, el derecho de defensa de dicha persona.
En consecuencia, se devolverá el expediente al Juzgado competente quien deberá proceder de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil y realice lo sucesivo para notificar a las partes involucradas.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. Como se observa que se ha presentado la causal de nulidad descrita en la parte motiva, por no haberse notificado al señor CHARLES WESLEY de la acción de tutela incoada por la señora MARIA FERNANDEZ TAMAYO, se ORDENA al Juzgado
- Primero. de Familia de Cali (Valle) que proceda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Código de Procedimiento Civil, modificado por el Decreto 2282 de 1989, art. 1o. numeral 85, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto. Para dar cumplimiento a lo anterior, el Juzgado
- Primero. de Familia de Cali ordenará al Ministerio de Relaciones Exteriores, que éste, a su vez, se sirva ordenar al Cónsul colombiano competente, que notifique al señor CHARLES WESLEY ANGLIN del auto admisorio de la presente tutela, en los términos señalados en el presente auto, y le haga entrega de una copia íntegra del presente proceso.
- SEGUNDO. ORDENAR a la señora MARIA FERNANDEZ TAMAYO que suministre toda la información de que disponga para la ubicación del demandado, en orden a su citación para que comparezca a ser notificado.
- TERCERO. ORDENAR que por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, se devuelva el expediente radicado bajo el número No. T-79789 al Juzgado
- Primero. de Familia de Cali, para que proceda de conformidad con lo señalado en el numeral anterior.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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